Donaciones y patrocinio

Saludos…

como supongo que ha quedado claro en los contenidos de esta web, la finalidad de la misma no es con ánimo de lucro mediante el ofrecer un bien o servicio determinado -cuantificable o no-

Ahora bien, el mantenimiento de esta página y el objetivo de ir creando enlaces y contenidos con otros formatos digitales, foros y plataformas de docencia -tanto virtual como semi presencial- requiere al margen del esfuerzo, unos costes que hasta le fecha de forma obvia son asumidos por mi persona, sin ninguna ayuda publicitaria o subvención. Después de haber recibido diversas propuestas por parte de los seguidores de la página en redes sociales y tras haberlo valorado, he decidido abrir una sección de petición de donaciones….

La finalidad no es lucrarme o vivir de donaciones   -por suerte tengo mi trabajo y sigo a rajatabla los principios de la sabiduría ecland-   sino centrarlo  en cubrir los gastos de mantenimiento y cuota de la plataforma web, redes sociales y plataformas afines centradas en la docencia virtual o semi presencial. En una segunda fase futura y cuando este proyecto este fuertemente consolidado, plantearé que dichos gastos se utilicen para sufragar costes indirectos de futuros cursos presenciales -tales como material, seguros de RC i accidentes de los participantes, etc…- pero esto será en dicho caso y ya haré una entrada nueva para comunicarlo.

Todavía no he definido cual será el sistema de recogida de donaciones, pero a pesar de ello  no voy a poner una cuota determinada. Lo único que pido es sentido común y para ello quiero que tengáis presente que al hacer una donación determinada y al margen de la comisión que se lleve la plataforma de mecenazgo  o bancaria que determine, el régimen fiscal en España hace tributar inicialmente a la Comunidad Autónoma que resido -en mi caso Catalunya- y posteriormente, el monto resultante tributa en la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas estatal como una ganancia patrimonial a menos de un 1 año y un tipo fijo del 18%  -vamos que en España los poderes facticos «te  saquean» antes de poder contar con una aportación dineraria o en especie-  así, por poner un ejemplo un aportación de 1 $  o 1 €, habría que restarle en el primer caso y de forma inicial la comisión de conversión de moneda, posteriormente la comisión de l plataforma de mecenazgo o bancaria -que ya informaré de la misma cuando la tenga activada-  el impuesto de Donaciones de l’ Agència Tributària de Catalunya y el 18% resultante del IRPF de la Agencia Tributaria Española….Resumiendo, que por ese importe tendría que poner dinero de mi bolsillo…. Huelga decir que las aportaciones son totalmente voluntarias y que no existe una obligación tácita de realizarlas.

Muchas gracias por vuestra comprensión, con el deseo de ser y  lo más transparente posible.

Categorías Donaciones

Deja un comentario

search previous next tag category expand menu location phone mail time cart zoom edit close